En el segmento “Cuidar es Amar”, La Voz de Guamote abrió un espacio de reflexión y orientación sobre una realidad que muchas veces permanece en silencio: los derechos de las personas adultas mayores y las obligaciones que tienen la familia, la comunidad y el Estado para garantizarles una vida digna, segura y respetuosa. Para ello, el programa contó con la participación del abogado Daniel Moreno, quien desde su experiencia profesional y territorial abordó los principales vacíos de información y las situaciones de vulneración que viven muchos adultos mayores, especialmente en zonas rurales del cantón Guamote.
El espacio partió de una premisa clara y profundamente humana: quienes nos cuidaron ayer, hoy nos necesitan. Cuidar no es solo un acto de gratitud, es también una responsabilidad legal y social.
¿Quién es una persona adulta mayor según la ley ecuatoriana?
Uno de los primeros puntos abordados fue aclarar una confusión frecuente en la ciudadanía. El abogado Daniel Moreno explicó que actualmente no existe la llamada “Ley del Anciano”, ya que fue derogada hace varios años. La normativa vigente es la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, que entró en vigencia en octubre del 2020.
De acuerdo con la Constitución de la República del Ecuador, se considera persona adulta mayor a quien ha cumplido 65 años de edad. A partir de esta edad, el Estado reconoce a estas personas como sujetos de derechos especiales, lo que implica protección prioritaria y beneficios específicos.
Además, se aclaró una confusión común entre jubilación y adultez mayor. Aunque una persona pueda jubilarse antes de los 65 años, esto no significa automáticamente que acceda a los beneficios legales destinados a los adultos mayores. Estos derechos y beneficios se activan únicamente al cumplir la edad establecida por la Constitución.
Derechos que existen, pero que no siempre se cumplen
Durante el diálogo, se evidenció que uno de los derechos más vulnerados en Guamote es el derecho a una vida digna. En el territorio aún se observan adultos mayores que viven en condiciones de extrema precariedad: sin acceso a servicios básicos, con viviendas inadecuadas, sin atención médica o completamente abandonados.
El derecho a la salud es otro de los más afectados. Muchos adultos mayores no pueden trasladarse por sí mismos a los centros de salud y dependen del acompañamiento familiar o institucional. En comunidades alejadas, esta atención muchas veces no llega, dejando a los adultos mayores en un estado de total desprotección.
El abogado recordó que el abandono de una persona adulta mayor es un delito, tipificado en el Código Orgánico Integral Penal, y que puede acarrear penas privativas de libertad. Más allá de la sanción, insistió en que el abandono es una grave vulneración a la dignidad humana.
Beneficios legales que deben respetarse
La Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores reconoce beneficios como la exoneración de ciertos pagos, descuentos en servicios básicos, transporte y espectáculos públicos. Para acceder a estos beneficios, el único documento habilitante es la cédula de identidad.
Sin embargo, en la práctica, muchas instituciones imponen trámites adicionales que terminan convirtiéndose en barreras, especialmente para adultos mayores que no saben leer o escribir o que no cuentan con acompañamiento. Ante estas situaciones, se recordó que la ciudadanía puede acudir a los Consejos Cantonales de Protección de Derechos o directamente a la Defensoría del Pueblo, que tiene competencia para exigir el cumplimiento de la ley.
Cuando el maltrato y el abuso vienen de quienes dicen ayudar
Uno de los momentos más duros del diálogo fue la exposición de casos reales ocurridos en zonas rurales. El abogado Moreno relató situaciones en las que personas externas, e incluso vecinos, se aprovechan de la vulnerabilidad de los adultos mayores para cobrar bonos o pensiones, quedándose con el dinero mediante engaños o poderes otorgados de forma irregular.
En estos casos, las Juntas Cantonales de Protección de Derechos pueden emitir medidas administrativas de protección, como boletas de auxilio, visitas de trabajo social e incluso la institucionalización del adulto mayor cuando su vida o integridad están en riesgo. Estas acciones buscan no solo frenar el abuso, sino restituir los derechos vulnerados.
La responsabilidad de la familia: no es solo moral, también es legal
El reportaje también abordó un tema sensible: la obligación de los hijos y familiares. El abogado explicó que las personas adultas mayores tienen derecho a recibir alimentos congruos, una figura legal similar a la pensión alimenticia que reciben niños y adolescentes. Este derecho existe independientemente de que el adulto mayor reciba una jubilación o algún ingreso.
Incluso, en ausencia de hijos, esta obligación puede extenderse a otros familiares cercanos. El objetivo de la ley es claro: evitar que el adulto mayor quede en el abandono.
Cuidar es amar: un llamado al corazón y a la conciencia
Más allá de las leyes, el programa dejó un mensaje profundo: cuidar a los adultos mayores implica tiempo, paciencia, escucha y respeto. No basta con que “vivan en la misma casa” si están aislados, invisibilizados o emocionalmente abandonados.
“Cuidar es Amar” se consolida así como un espacio que no busca juzgar, sino educar, sensibilizar y transformar realidades. Porque garantizar una vejez digna no es solo tarea del Estado, es un compromiso colectivo que empieza en la familia y se fortalece en la comunidad.
Como se recordó al cierre del espacio: el respeto no tiene edad, y la forma en que hoy tratamos a nuestros adultos mayores es el reflejo de la sociedad que somos y de la que estamos construyendo para el mañana.
Ñukanchik hatunmama, hatun yayakunatapish rikuna kanchik, ama sakina, wakachina, ashtawanka kuyana kanchik. Ñami kay pankapi ashata killkashkanchik, ñukanchik hatunyaya mamakunatapish kuyaywan ñukanchik wasikunapi chaskishun, ña pachakuna paktakpika ñukanchikpish chay ñanta rinchik.

